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Valentina R., lawyer
ES
El texto en lengua española es el único disponible y auténtico.
En formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32010M5989
Oficina de Publicaciones de la Unión Europea L-2985 Luxemburgo
A la parte notificante
Muy Sr(es). mío(s) / Muy Sra(s). mía(s):
Asunto: Asunto nº COMP/M.5989 – HC/ NATURGAS Notificación de 15.10.2010 con arreglo al artículo 4 del Reglamento (CE) nº 139/2004 del Consejo Publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea nº C 287 de 23.10.2010, p. 15
1.El 15.10.2010, la Comisión Europea recibió la notificación de un proyecto de concentración, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de concentraciones, por la cual la empresa Hidroeléctrica Del Cantábrico, S.A. («HC», España), controlada por EDP-Energias De Portugal, S.A. («EDP», Portugal) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Naturgas Energía Grupo S.A. («Naturgas», España), mediante adquisición de acciones en una empresa en participación existente. En la actualidad, Naturgas está bajo el control conjunto de HC y Ente Vasco de la Energía («EVE», España).
1DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 (el «Reglamento comunitario de concentraciones»). Con efecto a partir del 1 de diciembre de 2009, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE») ha introducido también ciertos cambios, tales como la sustitución de «Comunidad» por «Unión» y «mercado común» por «mercado interior». En toda la decisión se utilizará la terminología del TFUE.
Commission européenne, B-1049 Bruxelles / Europese Commissie, B-1049 Brussel - Bélgica. Teléfono: (32-2) 299 11 11.
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
-- HC: generación, transmisión, distribución y suministro de electricidad y energía renovable en España;
-- Naturgas: transmisión y distribución de gas y suministro de gas y electricidad en España.
2.Tras examinar la notificación, la Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que la operación notificada entra en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones y de la sección 5 d) de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento del Consejo (CE) n° 139/2004.
Por las razones expuestas en la Comunicación sobre el procedimiento simplificado, la Comisión Europea ha decidido no oponerse a la operación notificada y declararla compatible con el mercado interior y con el funcionamiento del Acuerdo EEE. La presente Decisión se adopta en aplicación del artículo 6, apartado 1, letra b, del Reglamento de concentraciones.
Por la Comisión Europea, (firmado), Alexander ITALIANER Director General
2DO C 56 de 5.3.2005 p.32.
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